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Ayudas y dependencia

Grados de dependencia en Galicia: valoración, PIA y ayudas

Guía 2026 sobre los grados de dependencia en Galicia, la valoración, el PIA, servicios y prestaciones, y el nuevo grado III+ de dependencia extrema.

Por PIMOSA Publicado 5 Oct 2026 7 min de lectura
Grados de dependencia en Galicia - Valoración, PIA y ayudas

Los grados de dependencia en Galicia indican la intensidad de apoyo que necesita una persona para realizar actividades básicas de la vida diaria y desenvolverse con autonomía. Reconocer un grado es el primer paso para acceder al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, pero el grado por sí solo no determina automáticamente una ayuda concreta.

Después de la valoración, el Programa Individual de Atención (PIA) concreta qué servicios o prestaciones se consideran adecuados para la situación de esa persona.

Cuáles son los grados de dependencia

La Ley 39/2006 establece tres grados generales de dependencia:

Grado I: dependencia moderada

Se reconoce cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria al menos una vez al día o necesita apoyos intermitentes o limitados para su autonomía.

En el Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD) se corresponde con una puntuación de 25 a 49 puntos.

Grado II: dependencia severa

La persona necesita ayuda para varias actividades básicas dos o tres veces al día o requiere apoyos extensos para su autonomía, aunque no precise apoyo permanente durante todo el día.

El BVD sitúa el grado II entre 50 y 74 puntos.

Grado III: gran dependencia

La persona necesita ayuda varias veces al día y, por la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, requiere apoyo indispensable y continuo o apoyos generalizados.

Se corresponde con 75 a 100 puntos en el BVD.

¿Qué es el nuevo grado III+ de dependencia extrema?

Desde finales de 2025 la normativa estatal incorpora un grado III+ de dependencia extrema para determinados casos de especial complejidad, principalmente personas que ya tienen reconocido grado III y se encuentran dentro del ámbito de la Ley ELA y otros procesos de alta complejidad y curso irreversible que cumplan los criterios establecidos.

No es un “grado IV” para todas las personas con gran dependencia. Es una categoría especial con requisitos específicos. Si una familia cree que puede encontrarse en este supuesto, debe consultar el procedimiento aplicable y la información actualizada de la administración competente.

Cómo se valora la dependencia

La valoración no se basa únicamente en un diagnóstico. Tener Alzheimer, Parkinson, una discapacidad física o una enfermedad crónica no determina por sí solo un grado concreto.

El baremo analiza cómo realiza la persona diferentes actividades y qué apoyo necesita. Entre ellas pueden incluirse:

  • Comer y beber.
  • Regular la micción y defecación.
  • Lavarse y realizar otros cuidados corporales.
  • Vestirse.
  • Mantener y cambiar la posición del cuerpo.
  • Desplazarse dentro y fuera del hogar.
  • Realizar tareas domésticas.
  • Tomar decisiones cuando existen necesidades de apoyo cognitivo o mental.

La valoración debe reflejar el funcionamiento real de la persona y los apoyos que necesita habitualmente.

Cómo solicitar la dependencia en Galicia

La Xunta de Galicia tramita el reconocimiento mediante el procedimiento BS210A. La sede electrónica indica que el procedimiento está abierto todo el año y que permite tramitar conjuntamente el reconocimiento de la situación de dependencia y, si se solicita, el grado de discapacidad.

Entre los requisitos generales están residir en Galicia en la fecha de presentación y cumplir las condiciones de residencia establecidas por la Ley de Dependencia.

Qué ocurre después de presentar la solicitud

De forma resumida, el proceso incluye:

  1. Presentación de la solicitud y documentación.
  2. Valoración de la situación de dependencia.
  3. Resolución del grado reconocido.
  4. Elaboración del Programa Individual de Atención.
  5. Reconocimiento del servicio o prestación que corresponda.

Puede ser necesario aportar o actualizar información si cambia la situación de salud, convivencia o necesidades de apoyo.

Qué es el PIA y por qué importa tanto

El Programa Individual de Atención concreta los apoyos que resultan adecuados entre las alternativas disponibles. Dos personas con el mismo grado pueden tener PIA diferentes porque sus necesidades, preferencias, vivienda, red familiar y situación personal no son iguales.

Entre los servicios y prestaciones del sistema pueden encontrarse, según normativa y situación individual:

  • Prevención y promoción de la autonomía personal.
  • Teleasistencia.
  • Ayuda a domicilio.
  • Centro de día o de noche.
  • Atención residencial.
  • Prestación vinculada a un servicio.
  • Prestación para cuidados en el entorno familiar.
  • Asistencia personal en los supuestos que correspondan.

¿Cuánto se cobra según el grado?

No existe una respuesta única del tipo “grado I = X euros, grado II = Y”. El importe de una prestación depende del tipo de prestación reconocida, normativa aplicable, situación individual y, en algunos casos, capacidad económica.

Además, Galicia dispone de programas propios como el Bono Coidado no Fogar. En 2026 la Xunta informa de una ayuda de 5.000 € al año —416,66 € al mes— para personas dependientes cuyo PIA determine cuidados en el entorno familiar, con independencia de renta y grado reconocido.

Para comprender esta ayuda, consulta nuestra guía sobre ayudas por cuidar a un familiar.

Grado de dependencia y discapacidad no son lo mismo

Son reconocimientos diferentes. La discapacidad valora limitaciones y barreras en distintos ámbitos; la dependencia se centra en la necesidad de ayuda de otras personas o apoyos importantes para actividades básicas y autonomía.

Una persona puede tener un grado de discapacidad y no tener reconocido un grado de dependencia, o al contrario. En Galicia existe un procedimiento que permite tramitar ambos reconocimientos de forma conjunta.

¿Puede revisarse el grado de dependencia?

Sí. Cuando existe una mejoría o un empeoramiento relevante pueden darse supuestos de revisión. También puede ser necesario revisar el PIA si cambian las necesidades o la situación de cuidados.

Si una persona ha sufrido un deterioro funcional importante desde su valoración, conviene consultar con servicios sociales sobre la vía adecuada de revisión.

Qué preparar para una valoración

Además de la documentación requerida, a la familia le resulta útil tener claro:

  • Qué actividades necesita ayuda para realizar.
  • Cuántas veces al día necesita apoyo.
  • Si puede quedarse sola y durante cuánto tiempo.
  • Qué ocurre por la noche.
  • Qué ayudas técnicas utiliza.
  • Qué riesgos existen: caídas, desorientación, atragantamiento, etc.
  • Qué cuidados presta actualmente la familia.

No se trata de exagerar ni minimizar, sino de describir con precisión la situación habitual.

Dependencia y ayuda a domicilio

La ayuda a domicilio puede formar parte del PIA cuando es el recurso adecuado. También existen familias que contratan apoyo profesional de forma privada para complementar lo que reciben del sistema o mientras se tramita una resolución.

PIMOSA presta servicios de ayuda y cuidados a domicilio en Galicia y puede complementar el apoyo familiar según las necesidades de la persona.

Preguntas frecuentes

¿Qué grado es el más alto?

En la clasificación general, el grado III corresponde a gran dependencia. Existe además el grado III+ de dependencia extrema para supuestos específicos regulados por la normativa reciente.

¿Un diagnóstico de Alzheimer da automáticamente grado III?

No. El grado depende de cómo afecta la enfermedad a las actividades y de los apoyos que necesita la persona, no solo del nombre del diagnóstico.

¿Con grado I se puede recibir ayuda?

Sí pueden existir servicios o prestaciones para grado I, pero el recurso concreto depende del PIA y de la normativa aplicable.

¿El PIA puede incluir cuidado por un familiar?

Puede hacerlo cuando se cumplen las condiciones para la prestación de cuidados en el entorno familiar y esa modalidad se considera adecuada.

Fuentes oficiales

Información revisada en octubre de 2026. La normativa de dependencia puede actualizarse; debe comprobarse siempre la resolución individual y la información oficial vigente.

¿Necesitas ayuda para cuidar a un familiar?

En PIMOSA te orientamos sobre opciones de apoyo y cuidados adaptadas a cada situación.

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